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CTE-SU - El código técnico de la edificación y su repercusión en los productos cerámicos

En los últimos ejercicios, dentro del marco normativo español vienen estableciéndose una serie de disposiciones y normativas orientadas a mejorar la calidad de la edificación y promover la innovación y la sostenibilidad en este sector.

Es el caso del Real Decreto 314/2006 por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE). Se trata de un instrumento normativo que fija las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones. A través de esta normativa se satisfacen ciertos requisitos de seguridad y de bienestar de las personas (seguridad estructural, salubridad, ruido, ahorro energético, accesibilidad, etc…).

El código técnico da cumplimiento a los requisitos básicos de la edificación establecidos en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, y a otras disposiciones de ámbito comunitario tales como la Directiva 89/106/CEE relativa a los productos de la construcción, Directiva 2002/91/CEE sobre eficiencia energética, etc…

El CTE hace referencia a una serie de Documentos Básicos (DB), cuya adecuada utilización garantiza el cumplimiento de las exigencias básicas.

Como complemento, se crean los Documentos Reconocidos, y el Registro General del Código Técnico de la Edificación en el que se inscribirán y harán Públicos los mismos. Podrá exigirse su aplicación desde la Administración Publica, aunque inicialmente no sean de carácter preceptivo.

Cabe destacar que el Decreto Valenciano 132/2006 aprueba la GUIA DE LA BALDOSA CERAMICA como Documento Reconocido (entre otros Documentos Reconocidos). De los DB a los que hace referencia el CTE, nos centraremos en el DB-Seguridad en la Utilización, concretamente la lección SU-1 Seguridad frente al riesgo de caídas, en donde se recoge las exigencias de los suelos en función de la localización y características de uso del suelo.

Tras esta breve mención al CTE y sus requisitos en cuanto a los productos cerámicos, destacar que GRES CID, ha mejorado una serie de productos, para adaptarse a los requisitos del CTE.

Todos nuestros productos que incorporan la palabra ”granit” obtienen una resistencia a la resbaladicidad de clase 3.